El Gobierno busca impulsar el uso de las tarjetas de crédito y débito en los pequeños comercios. Apuntan a mejorar la rentabilidad de las pymes comerciales
El Gobierno oficializó hoy la eliminación de retención del IVA y del impuesto a las Ganancias para los pagos electrónicos y se espera que de esa forma se facilite el uso de las tarjetas de crédito y débito en los pequeños comercios, que de esta forma podrían tener una mejora en su rentabilidad y un incentivo para la actividad registrada.
La medida comenzará a regir a partir del 1° de septiembre y se formalizó a través de la resolución 780/2024 del Ministerio de Economía, por la que se encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que hizo lo propio mediante la Resolución General 5554/2024.
Ambas resoluciones fueron publicadas en la edición de hoy del Boletín Oficial y por medio de ellas quedan derogados los regímenes que habían sido establecidos en las RG de la AFIP 140/1998, 4011/2017 y 4622/2019.
Beneficio para el comercio formal
El Palacio de Hacienda explicó que de esta forma “los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que cobren mediante tarjeta de crédito, compra, pago o de débito, no serán retenidos en los pagos que les efectúen las administradoras de tarjetas y demás entidades a partir del 1º de septiembre”.
“La medida representa un enorme beneficio para el sector privado formal que no sufrirá ninguna detracción tributaria nacional al recibirlos”, agregó Economía en un comunicado.
Apoyo del comercio
El cambio en los regímenes de retención fue tomado con satisfacción por el sector comercial y al respecto el presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Alfredo González, destacó que “al cobrar un importe mayor producto de esta eliminación, el comerciante tendrá mayor capital de trabajo para el desarrollo de su comercio”.
“Los comercios de hasta 11 millones de pesos por liquidación quedarán excluidos de retenciones a cuenta. De esta manera no verán disminuidos sus montos de facturación”, agregó.
Cambios al “Paquete fiscal”
Al respecto, fuentes del Ministerio de Economía aclararon que la ley 27.743 (el “Paquete fiscal”, sancionado junto a la ley de Bases) en su artículo 102, “establecía inicialmente que no se aplicaban retenciones por las primeras 10.000 UVAs a los comercios”, que a valores del 21 de agosto equivale a $ 11.235,20.
“En la reglamentación, directamente se optó por mejorar la medida y ampliar el beneficio a través de la eliminación total del sistema de retenciones para IVA e impuestos a las Ganancias para los comercios”, completaron.
Promover la recuperación económica
La cartera dirigida por Luis Caputo añadió que con la medida “se cumple entonces el objetivo prioritario del Estado Nacional de promover la recuperación de los niveles de actividad económica, luchar contra la evasión y fomentar la utilización de los medios de pago más transparentes y formales, al reducir los costos de cumplimiento relacionados con la AFIP por utilizar dichos sistemas de pago”.
Por otra parte, se invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a tomar medidas similares para las retenciones del impuesto sobre los ingresos brutos – tanto locales como de Convenio Multilateral – que alcanzar a los pagos electrónicos.